Venezuela: Aula Abierta alerta que investigación solicitada por la AN a las universidades sobre expresiones de “odio y neofascismo” pone en riesgo la libertad académica y de expresión
Prensa Aula Abiert-. Ante las declaraciones del presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela ordenando la investigación de expresiones de “odio y “neofascimo” en la Universidad Central de Venezuela, recordamos el deber indeclinable de los Estados de respetar los derechos humanos de las y los universitarios conforme a los Principios Interamericanos sobre libertad académica de Comisión Interamericana para los Derechos Humanos (CIDH) sobre libertad académica.
“Ordeno a la Comisión Permanente de Educación, Ciencia y Tecnología a que inicie una investigación acerca de las expresiones de odio y neofascismo que puedan estar ocurriendo dentro de nuestras universidades y que presente de manera perentoria un informe ante la Asamblea Nacional”, indicó Rodríguez durante la sesión parlamentaria del 21 de noviembre de 2024.
Desde Aula Abierta recordamos que los términos “odio” y “fascismo” responden a una narrativa construida por gobiernos autoritarios para la creación de instrumentos normativos que pretenden reducir el espacio cívico y ser una herramienta de criminalización de las voces críticas.
La orden de investigar dentro de las universidades, representa un riesgo para el desarrollo libre de discusiones en el campus, en las aulas de clases y obstaculiza el desarrollo libre de las investigaciones dentro de la comunidad universitaria. Al mismo tiempo, representa una violación a la autonomía universitaria.
Alertamos que, tanto esta actuación por parte de la Asamblea Nacional, como el reciente llamado del profesor universitario Óscar Murillo, por parte del Ministerio Público a declarar en un proceso judicial sustentado en la Ley contra el Odio, ratifican que en Venezuela las universidades y los universitarios enfrentan presiones y violaciones a sus derechos, siendo un grupo en situación específica de vulnerabilidad.
No discriminación y protección frente a interferencias del Estado
Cabe destacar que ningún mensaje que promueva la discriminación o el odio está amparado por la libertad académica o libertad de expresión. Por ejemplo, el III de los Principios Interamericanos afirma que la “libertad académica debe ser promovida, protegida y garantizada en igualdad de oportunidades sin discriminación por ningún motivo, inclusive basada en motivos de opiniones políticas, origen étnico-racial, nacionalidad, edad, género, orientación sexual“. Igualmente, sostiene que son los Estados los responsables de eliminar condiciones de discriminación estructural en el ámbito académico por lo que deben establecer, entre otras, medidas que permitan y fomenten el acceso equitativo al mismo, especialmente a través de la adopción de medidas en favor de colectivos o personas históricamente excluidas o con mayor riesgo de ser discriminadas.
Por otra parte, el IV de los Principios advierte “el discurso negativo y estigmatizante por parte del alto funcionaria en contra de las instituciones de educación superior, de la comunidad académica o de personas que la integran impacta negativamente a la libertad académica“.
Sin embargo, en virtud del principio del principio de autonomía universitaria, reconocido constitucionalmente en el artículo 109 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, recordamos que es competencia de las universidades determinar, dentro del marco de su autonomía, cualquier contenido, expresiones, campañas o discurso que incite a la violencia o promueva la discriminación dentro de los espacios académicos y en este sentido, emitir las sanciones respectivas contra las o los responsables.